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Panamá deja la lista negra de la UE y pasa a una etapa de observación

Panamá salió el 9 de octubre de 2026 de la lista negra fiscal de la UE, pero sigue en observación hasta que la OCDE evalúe cómo comparte información tributaria con otros países.

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Centro financiero de Ciudad de Panamá visto desde la Cinta Costera

Los ministros de Finanzas europeos sacaron a Panamá de la lista de jurisdicciones no cooperativas en materia fiscal, conocida como la lista negra de la Unión Europea (UE). Con eso redujeron el costo fiscal que cargaban las operaciones panameñas con contrapartes europeas. El país queda en observación y con una evaluación pendiente. El cambio, sin embargo, trae consigo mejoras para renegociar con clientes, proveedores e inversionistas en Europa.

Cómo funciona la lista fiscal de la Unión Europea

El Consejo de la UE, que reúne a los gobiernos de los países miembros, revisa a las jurisdicciones de países que no forman parte de la Unión Europea según 3 criterios. Son la transparencia fiscal, la tributación justa y las medidas que aplican contra la erosión de la base imponible, es decir, contra las estructuras que trasladan utilidades a países de baja tributación.

Los países que no cumplen esos criterios ni los compromisos que asumieron para corregirlo entran al "Anexo I", que es comúnmente conocido como "la lista negra". Aquellos que todavía no cumplen todos los estándares, pero se comprometieron a implementar reformas, pasan al "Anexo II". Mientras un país forme parte de este anexo, se mantiene en observación sin que se le apliquen las sanciones del Anexo I. El Consejo actualiza ambos anexos 2 veces al año.

Las sanciones fiscales que Panamá deja atrás

Panamá estaba en el Anexo I desde febrero de 2020, según La Prensa. Durante ese tiempo, cada país de la UE debía aplicarle al menos 1 de 4 medidas establecidas por el Consejo, que van desde negar la deducción de los pagos hechos a esa jurisdicción hasta aplicarles retenciones de impuestos. También incluyen gravar en Europa las ganancias que una empresa europea acumula en una filial ubicada allí, y limitar la exención de los dividendos que vienen de ese país.

Esas medidas encarecían para un cliente europeo cualquier pago hacia Panamá, porque podía perder la deducción del gasto o sufrir una retención. Ese costo podía terminar en la negociación del precio con las empresas panameñas. La Delegación de la UE en Panamá confirmó que esas medidas se levantan. La consultora KPMG precisa que el cambio rige desde la publicación de los anexos revisados en el Diario Oficial de la UE.

El efecto va más allá de los impuestos. Varios instrumentos con los que la UE financia proyectos, entre ellos el Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible y el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, no podían canalizar recursos a través de entidades de jurisdicciones listadas. KPMG advierte además que algunos países europeos aplican listas locales propias, de modo que el trato a Panamá puede variar según el país de cada contraparte.

El Anexo II y la evaluación pendiente de la OCDE

Panamá pasó al Anexo II con un compromiso pendiente, que es una revisión a fondo del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales. Este organismo, vinculado a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), evalúa si cada país entrega a las autoridades fiscales de otros países la información sobre contribuyentes que estas le solicitan. Con esa revisión le asigna una calificación según qué tanto cumple el estándar.

Panamá dejará el Anexo II cuando esa revisión lo califique como cumplidor en gran medida o plenamente. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) le indicó a La Prensa que pidió la visita de los evaluadores al país a más tardar durante el 1er semestre de 2027. La próxima actualización de la lista está prevista para febrero de 2027. El comunicado europeo no fija fecha para la evaluación, así que la noticia debe tratarse como una mejora que todavía no está consolidada. Según La Prensa, la decisión tampoco saca a Panamá de otros listados de seguimiento.

La sustancia económica que exige la Ley 526

Entre las reformas que la UE reconoció están la ley de sustancia económica y su decreto reglamentario. La sustancia económica es la prueba de que una sociedad tiene operación real en el país donde está domiciliada, con personas, decisiones y gastos ejecutados allí. La Ley 526 de 28 de mayo de 2026 regirá desde el periodo fiscal 2027, y aplicará a las entidades panameñas que forman parte de un grupo multinacional y reciben rentas pasivas de fuente extranjera, como dividendos o intereses del exterior.

Las entidades que no acrediten sustancia pagarán una tarifa única y definitiva de 15% sobre su renta neta gravable. El Decreto Ejecutivo 32 de 2 de septiembre de 2026 reglamenta la ley. Según el resumen de la firma legal ECIJA, su estándar general pide al menos 1 persona empleada o contratada en Panamá. También exige 2 reuniones presenciales de dirección al año en el país y conservar la documentación de respaldo en Panamá durante 5 años.

Los grupos con sociedades panameñas que reciben dividendos o intereses de filiales en otros países necesitan que su área financiera revise con asesores fiscales cuáles califican antes del 1 de enero de 2027. Cumplir esa ley protege a esos grupos de la tarifa y además sostiene la posición de Panamá frente a la UE.

La salida del Anexo I ya favorece la posición de las empresas panameñas frente a clientes, proveedores e inversionistas europeos, y la evaluación de la OCDE dirá si ese avance se consolida. Si su empresa opera con contrapartes en Europa y quiere revisar qué cambia en sus condiciones, en Okami Capital con gusto conversamos sobre el tema.

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